«Novedades normativas sobre Sistemas Informáticos de Facturación (SIF): como afecta a tu empresa»

 

José Alfonso Méndez Cerviño

 

Invitado: José Alfonso Méndez

Fecha: 20 de febrero de 2025

Lugar: Hotel Galicia Palace, Pontevedra

 

José Alfonso Méndez Cerviño, socio fundador de la empresa Nerade Network, fue premiado en 2004 a la ‘Mejor Iniciativa Empresarial TIC’ de Galicia 2004 por el Colegio de Ingenieros de Telecomunicaciones de Galicia. En 2009 funda la empresa SRG INFORMATICA S.L., especializada en soluciones TIC para empresas. Con una dilatada experiencia como consultor experto en transformación digital, en la actualidad es CEO-CTO de SRG Tech Consulting (SRG INFORMATICA S.L.), especialistas en soluciones TIC para empresas, y divulgador TIC.

ITEMS INTERVENCIÓN

                                  

“José Alfonso Méndez Cerviño insistió, para no encontrase con un problema, que los plazos para implementar Verifactu, emisión de facturas cliente empresa, comienzan este año y son de obligado cumplimiento para empresas y autónomos”

 

FORO EMPRESA PONTEVEDRA celebró su XIX Desayuno Técnico, patrocinado por el Banco Sabadell, sobre un tema tan de actualidad e interés general como las «NOVEDADES NORMATIVAS SOBRE SISTEMAS INFORMÁTICOS DE FACTURACIÓN (SIF): COMO AFECTA A TU EMPRESA» en el que el invitado D. José Alfonso Méndez Cerviño explicó qué es Verifactu y Facturae y cómo afecta a los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) de las empresas, aclaró las diferencias que existen entre el Real Decreto que regula Verifactu y el proyecto de Real Decreto para la Factura Electrónica B2B.

Dichos sistemas son complementarios y sus modificaciones van a ser de aplicación obligatoria para todas las empresas, por lo que tendrán que tener un conocimiento preciso sobre los mismos con los cambios de normativa que les afectan. Al final de la exposición del invitado, los asistentes al Desayuno Técnico plantearon diferentes preguntas y dudas al ponente.

Eduardo Barros, Vicepresidente de Foro Empresa Pontevedra, agradeció la presencia de los asistentes, entre ellos D. Rafael Domínguez, Vicepresidente de la Diputación de Pontevedra, Dña. Blanca García Señorans, Directora Territorial de la Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes de la provincia de Pontevedra, D. José Ramón Caldas, Presidente de APE GALICIA, al Banco Sabadell, patrocinador de la jornada, y a los representantes de colectivos empresariales, autónomos y asociados presentes que ascendió a más de sesenta empresas.

Fernando Vieiro Barreiro, Director de Colectivos Profesionales del Banco Sabadell patrocinador de la jornada, agradeció la oportunidad de participar en esta actividad de Foro Empresa Pontevedra, siempre con el objetivo de generar valor, conocimiento y sinergias entre empresas.

Inició su intervención el ponente D. José Alfonso Méndez Cerviño, CEO y CTO de SRG Tech Consulting, matizando que «VERI*FACTU» “es solo una de las dos modalidades por medio de las que se puede cumplir con la normativa de sistemas de facturación. En general, el término «VERI*FACTU» se emplea como expresión coloquial para referirse al reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales (SIF), y la estandarización de formatos de los registros de facturación, también abreviado como RRSIF.

Verifactu es un sistema de facturación, sólo de facturas emitidas, en el ámbito del control fiscal y tributario, que nace al amparo de la Ley de Fraude Fiscal. Un sistema que ya lo han implantado en otros países de nuestro entorno. A partir del 1 de julio próximo todas las empresas se pueden adherir voluntariamente a Verifactu, que es de carácter tributario. La normativa marca unos plazos finales que son el 1 julio de 2025 para empresas, el 1 enero de 2026 para sociedades y para autónomos (personas físicas, p.ej. venta ambulante, venta online) el 1 julio 2026, el ámbito de aplicación es todo el territorio nacional excepto los territorios forales.

Méndez Cerviño resumió VERIFACTU como el reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales (SIF). Todos los sistemas electrónicos de emisión de facturas deben cumplir con requisitos de legibilidad, inalterabilidad y trazabilidad en los términos definidos reglamentariamente y deben producir un fichero estructurado por cada factura. Este nuevo reglamento de facturación Verifactu garantiza la inalterabilidad cuando se genera una factura, ya que cada una está vinculada a la anterior directamente registrada en la Agencia Tributaria. Durante el proceso de registro se cuenta con un tiempo máximo para terminar el proceso y si ocurriera una incidencia, por problemas de cobertura de Red etc., es la empresa la que tendrá que justificar dicha incidencia de manera fidedigna a través de un informe de su proveedor de Red.  Además, a partir del 1 de julio de 2025 los fabricantes de software no pueden vender ningún software que no cumplan con la normativa: Verifactu o no Verifactu.

Otro objetivo de Verifactu es el de la digitalización, como medio de automatizar procesos que permitan a las empresas producir más, la simplificación administrativa ya que las facturas van a estar disponibles en la Agencia Tributaria, promover la conciencia fiscal, porque así las empresas compiten en igualdad de condiciones. De este modo se busca la trazabilidad contable y fiscal de cara a la Administración. La ventaja de Verifactu es que todas las empresas paguen los impuestos que les corresponden y no se vean perjudicadas por otras que no lo hacen. Méndez Cerviño incidió en la importancia de implementar este sistema, que está disponible por la Agencia Tributaria desde 2021, ya que los plazos finales de obligado cumplimiento comienzan este año; su recomendación, “No esperéis hasta el último momento”.

Con la modalidad NoVerifactu el proceso se realiza mediante un software homologado y tiene más consecuencias pues, “obliga al sistema informático emisor a cumplir los principios legales de integridad, registro de eventos, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación, mientras que el sistema VERIFACTU solo los principios legales de trazabilidad, integridad y legibilidad”. En el caso de que el empresario adquiera, gratuitamente o con coste, en el momento en el que se decide seleccionar y utilizar determinado software de código abierto, con la posibilidad adicional de modificar el software original, el responsable del SIF desarrollado de esta forma será el «presentador» (quien lo haya utilizado) y por lo tanto deber ser él quien firme la declaración responsable y las multas son muy elevadas.

Hay que distinguir, porque existe cierta confusión, que una cosa es Verifactu y otra diferente la Factura Electrónica, porque no son lo mismo. Verifactu está regulado por el Real Decreto 1007/23 que desarrolla el artículo 29.2.j de la Ley General Tributaria y que a través de un software genera un registro y lo sube a la Agencia Tributaria. Verifactu afecta a todas las empresas que tengan un sistema informático de facturación e incluye la facturación B2B, B2C, a excepción de las empresas que ya están en el SIF, las empresas con una facturación de más de 6 millones de euros y algunos casos del Régimen Fiscal Simplificado.

El proyecto de Factura Electrónica obligatoria B2B es de ámbito mercantil en la relación B2B entre empresas. La operativa de la Factura Electrónica es donde todos los empresarios, deben emitir, transmitir y recibir facturas a otros empresarios en formato electrónico. En la actualidad está en desarrollo y como fecha prevista se estima su aplicación en 2027 o 2028.

Al finalizar la intervención en el turno de preguntas se aclararon diversas dudas; por ejemplo, que a través del software de las Gestorías, que tienen que certificar, el responsable último es el cliente de la misma, aunque Verifactu no afecta al programa de contabilidad en sí, sólo se aplica en el momento de dar de alta la factura en este sistema, que puede ser por parte del cliente de la misma o a través de la Gestoría con un software certificado que cumpla la normativa.

A otra pregunta, Méndez Cerviño aclaró que a fecha 1 de julio de este año los proveedores de software también tienen que cumplir con la normativa de estar homologados para ofrecer sus productos. Incidió en que, aunque ahora mismo no es obligatorio activar Verifactu, Méndez Cerviño recomendó hacerlo cuanto antes para esperar al último momento, con el riesgo de incurrir involuntariamente en errores, malos entendidos o la saturación de ‘última hora’ del propio sistema.

 

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